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Ayuntamiento de Castalla

Solicitud Alta en el Padron de Habitantes Cambio de Residencia

Solicitud Alta en el Padron de Habitantes Cambio de Residencia

SOLICITUD ALTA EN EL PADRON DE HABITANTES MUNICIPAL "CAMBIO DE RESIDENCIA" 

 

INFORMACION TRAMITACION - CATALOGO DE SERVICIOS

 

Normativa legal

Ley 7/1985, 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1960/1986 de 11 de Julio.

Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.

El padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo y son utilizados para la actualización del censo electoral.

Todos los vecinos deben comunicar a su Ayuntamiento las variaciones en sus datos de inscripción, especialmente los cambios de domicilio dentro del término municipal.

Los menores de edad no emancipados y los mayores con discapacidad que excepcionalmente tengan nombrado representante legal tendrán la misma vecindad que los padres que tengan su guarda o custodia o, en su defecto, de sus representantes legales, salvo autorización por escrito de éstos para residir en otro domicilio o municipio.

El plazo máximo para resolver el empadronamiento es de tres meses a partir de la solicitud, según lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.

 

Documentación a presentar para realizar la inscripción/modificación

* Hola padronal cumplimentada y firmada.

* Documentación acreditativa de la identidad:

Españoles: DNI (obligatorio para mayores de 14 años)

Extranjeros:

-Ciudadanos de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza: Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, en el que consta el Número de Identidad de Extranjero (NIE), junto con el documento acreditativo de la identidad o pasaporte expedido por las autoridades de su país.

- Resto: Tarjeta de identidad de extranjero expedida por las autoridades españolas, en la que consta el Número de Identidad de Extranjero (NIE) o, en su defecto, pasaporte expedido por las autoridades de su país.

Menores de edad:

- Hasta los 14 años: Libro de Familia o Certificado de nacimiento, en caso de que no dispongan de un documento de identificación.

- Mayores de 14 años: los mismos documentos de identificación exigidos para los mayores de edad.

Los documentos de identificación deben estar en vigor.

* Acreditación de la representación de menores y de personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica.

Menores no emancipados: Libro de Familia o Certificado de nacimiento.

Empadronamiento con un solo progenitor:

Si existe Resolución judicial sobre la guarda y custodia.

Consentimiento del otro progenitor o autorización judicial, en virtud del art.154 del Codigo Civil, para llevar a cabo el cambio de domicilio o de residencia.

Excepcionalmente, en determinados supuestos, declaración responsable justificando la imposibilidad de disponer de la firma del otro progenitor, según modelo suministrado por el ayuntamiento.

Si la guardia y custodia es compartida y la resolución no se pronuncia sobre el lugar de empadronamiento, deberá aportarse siempre el mutuo acuerdo de ambos progenitores o una resolución judicial que se pronuncie expresamente sobre el empadronamiento.

Personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica: autorización o resolución judicial que acredite la representación.

* Documentación acreditativa del domicilio

- Título de propiedad (Escritura, contrato de compraventa, Nota del Registro...).

- Contrato vigente de arrendamiento de vivienda para uso de residencia habitual acompañado del último recibo de alquiler.

- En caso de Autorización de persona empadronada: título acreditativo de la posesión efectiva de la vivienda (propiedad, alquiler...) a nombre de la misma.

Cuando se cumplimenten o presenten autorizaciones se acompañarán fotocopias de los documentos de identidad de los autorizantes.

 

Códigos de nivel de estudios

00 Menores de 16 años

11 Mo sabe leer ni escribir

21 Sin estudios

22 Enseñanza primaria incompleta. Cinco cursos de EGB o equivalente o Certificado de Escolaridad o equivalente.

31 Bachiller Elemental. Graduado Escolar. EGB completa. Primaria completa. ESO. Formación profesional básica.

32 Formación Profesional de Primer Grado. Formación Profesional de Grado Medio. Oficialía Industrial.

41 Formación Profesional de Segundo Grado. Formación Profesional de Grado Superior. Maestría Industrial.

42 Bachiller superior. BUP. Bachiller LOGSE.

43 Otras Titulaciones medias (Auxi. Clínica, Secretariado, Programador Informática, Auxiliar vuelo, Diplomado en artes y oficios, etc.)

44 Diplomado Escuelas Universitarias (Empresariales. Profesorado EGB, ATS y similares)

45 Arquitecto o Ingeniero Técnico

46 Licenciado Universitario. Arquiteco o Ingeniero Superior. Grado Universitario

47 Titulados de Estudios Superiores no Universitarios

48 Doctorado y Estudios de postgrado o especialización para Licenciados. Máster universitario